Desde la Asamblea se impulsan reformas al COIP en materia de tránsito

Este 29 de abril de 2025, la asambleísta Jhajaira Urresta (RC) presentó un proyecto de Reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) sobre el exceso de velocidad y el consumo de alcohol.

La propuesta fue elaborada por la Coalición por la Movilidad Segura en Ecuador, integrada por las organizaciones TANDEM, Carishina en Bici y la Asociación de Peatones de Quito.

«Esta propuesta representa la voz de quienes hemos luchado para que la movilidad segura sea considerada un derecho y no un privilegio. No podemos permitir que el alcohol y la velocidad sigan dictando sentencias de muerte en nuestras calles», expresó la legisladora proponente.

Sofía Gordón, coordinadora de la Coalición por la Movilidad Segura en Ecuador, señaló que las cifras de siniestros de tránsito en Ecuador «reflejan una situación que demanda acciones urgentes y eficaces. Cada víctima de un siniestro vial nos recuerda que la omisión de acciones es también una forma de violencia».

Los cambios se enfocan en tres artículos del COIP:

  • Artículo 385: Conducción en estado de embriaguez
  • Reducción del umbral de tolerancia: El umbral mínimo se reduce a 0,3 gramos de alcohol por litro de sangre (gr/l). La pena máxima aplica a partir de 0,5 gr/l. Actualmente es  0,8 gr/l.). Para conductores de transporte comercial el límite es 0,1 gr/l.
  • Se incrementan las multas, que pueden alcanzar hasta 6 salarios básicos, y se pierden 15 puntos en la licencia de conducir.
  • Se introduce la opción de tratamiento psicológico obligatorio para los infractores.
  • Retención del vehículo como medida preventiva hasta superar la causa de la infracción.
  • Artículo 386: Contravenciones de tránsito de primera clase
  • Se sustituye la pena de prisión por tratamiento médico, psicológico, capacitación, trabajo comunitario o suspensión de la licencia.
  • Se establecen sanciones económicas de hasta 3 salarios básicos para los conductores que excedan los límites de velocidad fuera del rango moderado.
  • Responsabilidad solidaria: Los dueños de los vehículos serán responsables solidariamente de las infracciones cometidas por los conductores.
  • Artículo 388: Contravenciones de tránsito de tercera clase
  • Se sanciona el exceso de velocidad moderado de forma directa.
  • Se aplicarán multas más altas y suspensión de licencia para reincidentes.
  • Se implementarán medidas más estrictas para el control del transporte público.

Primera Plana